Tu aplicación de facturación no tiene que morir para cumplir con Verifactu
Construiste tu propio software porque ninguno del mercado entendía tu negocio. Verifactu no te obliga a tirarlo: te obliga a adaptarlo. Eso es exactamente lo que hacemos.
Hacienda prevé cambiar las fechas de Verifactu. Esto es lo que hay hoy.
La norma en vigor exige tener los sistemas listos antes del 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que prevé aplazar esas obligaciones hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica de quien no supera los 8 millones de euros de facturación anual. El cambio todavía no está en el BOE a 7 de octubre de 2026. Cuando se publique, actualizamos esta página.
Pruebas voluntarias
Envío voluntario de registros a la AEAT. Se puede probar sin riesgo sancionador.
Impuesto sobre Sociedades, fecha en vigor
Obligatorio para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades. Si eres una S.L., esta es la fecha que fija hoy la norma.
Autónomos y resto, fecha en vigor
Obligatorio para autónomos y para el resto de empresas que facturen con medios informáticos, según la norma de hoy.
Aplazamiento previsto por Hacienda
Lo anunció Hacienda el 5 de octubre de 2026 como previsión. Todavía no está en el BOE y la nota no da un día concreto ni precisa si alcanza a quien superó los 8 millones. Los requisitos técnicos se mantienen en términos sustancialmente equivalentes.
Seis señales de que tu desarrollo propio todavía no cumple
Si reconoces tu aplicación en dos o más de estos puntos, tienes trabajo por delante. La buena noticia es que casi todo es acotable.
Facturas que se pueden modificar
Si una factura emitida puede editarse o borrarse desde tu aplicación, no cumple. La norma exige registros inalterables.
No hay encadenamiento ni huella
Cada registro de facturación debe incluir la huella (hash) del anterior, formando una cadena verificable.
Sin código QR en la factura
La factura debe llevar un QR que permita al receptor verificarla contra los sistemas de la Agencia Tributaria.
Sin registro de eventos
El sistema debe anotar quién hace qué y cuándo: altas, anulaciones, incidencias, intentos de manipulación.
Numeración reutilizable o con huecos
Series y numeración deben ser correlativas y controladas por el propio sistema, no por una persona.
Nadie responde por el software
Un sistema de facturación necesita declaración responsable. Si lo desarrollaste en casa, esa responsabilidad es tuya.
Tres formas de entrar, según lo lejos que quieras llegar
Puedes contratarlos por separado o encadenarlos. La mayoría empieza por el diagnóstico y decide después con datos sobre la mesa.
Diagnóstico Verifactu
490 €
Se descuenta del proyecto si sigues adelante.
Revisamos tu aplicación de facturación y te entregamos un informe con lo que falta, el esfuerzo estimado y el orden en que abordarlo.
- Revisión técnica de tu sistema de facturación
- Informe de brecha control por control
- Estimación de esfuerzo y calendario
- Sesión de 60 minutos para explicarlo
Adaptación de tu desarrollo
desde 4.900 €
Precio cerrado tras el diagnóstico.
Implementamos Verifactu dentro de tu propia aplicación. No cambias de software ni pierdes lo que ya tienes construido.
- Registro de facturación encadenado con huella o hash
- Generación del código QR en la factura
- Firma y envío de registros a la AEAT
- Registro de eventos y control de accesos
- Series y numeración a prueba de huecos
- Documentación técnica y declaración responsable
Llave en mano
desde 8.900 €
Adaptación más integración completa.
Todo lo anterior, más la conexión con el resto de tus sistemas para que el dato se introduzca una sola vez y no haya dos verdades.
- Todo el paquete de adaptación
- Integración con Dynamics 365 Business Central o tu ERP
- Conexión con contabilidad y con tu asesoría
- Migración del histórico de facturación
- Formación al equipo que factura
Precios sin IVA.
Un centro de formación con su propio gestor de matrículas
Facturaban desde una aplicación hecha a medida años atrás: perfecta para su operativa, invisible para Verifactu. Ni encadenamiento, ni huella, ni registro de eventos. La alternativa que les ofrecían era migrar a un ERP y rehacer su forma de trabajar.
Hicimos lo contrario: mantuvimos su aplicación y le construimos dentro el módulo de facturación verificable. Siguen trabajando igual que el primer día, pero ahora cada factura deja un rastro que la Agencia Tributaria puede comprobar.
- Su aplicación de siempre, sin migraciones
- Registro de facturación encadenado e inalterable
- Código QR en cada factura emitida
- Envío de registros a la AEAT
- Trazabilidad completa para su asesoría
Cuatro pasos y el mismo equipo en todos
Quien mira tu código el primer día es quien lo adapta y quien lo mantiene. Sin comerciales de por medio ni proyectos que cambian de manos.
Diagnóstico
Miramos tu código y tu proceso real de facturación. Salimos con una lista concreta, no con un susto.
Precio cerrado
Qué hay que construir, cuánto cuesta y en qué fechas. Sin horas abiertas ni sorpresas.
Desarrollo
Entregas cortas sobre tu aplicación. Ves cada pieza funcionando en cuanto está.
Pruebas con la AEAT
Envío voluntario de registros antes de que sea obligatorio, para llegar con el camino hecho.
Verifactu, sin letra pequeña
¿Qué es Verifactu exactamente?
Es el sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria, dentro de la Ley Antifraude. Obliga a que tu software genere un registro por cada factura, encadenado con el anterior mediante una huella o hash, inalterable, con código QR y con posibilidad de envío a la AEAT.
¿Cuándo es obligatorio?
La norma en vigor exige tener los sistemas listos antes del 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que prevé aplazar esas obligaciones hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica de quien no supera los 8 millones de euros de facturación anual. El cambio todavía no está en el BOE a 7 de octubre de 2026. Las fechas en vigor vienen del Real Decreto-ley 15/2025, que ya aplazó un año los plazos originales. El anuncio es una nota informativa del Gabinete de Prensa de Hacienda del 5 de octubre de 2026, que no precisa si el aplazamiento alcanza a quien superó los 8 millones.
Si se aplaza, ¿tiene sentido mirarlo ya?
Si tu programa de facturación es propio, sí, y con calma. Hacienda prevé hacer coincidir Verifactu con la factura electrónica de quien no supera los 8 millones de euros de facturación anual. Si estás en ese grupo y lo planificas junto, tocas tu programa una sola vez para las dos. Mientras tanto, el envío voluntario de registros a la AEAT permite probar la integración sin riesgo sancionador.
Tengo mi propia aplicación de facturación. ¿Tengo que tirarla?
No. Es justo el caso para el que existe este servicio. Adaptamos tu desarrollo desde dentro: conservas la herramienta que conoce tu negocio y le añadimos lo que exige la norma.
¿Verifactu y factura electrónica obligatoria son lo mismo?
No, y conviene no mezclarlas. Verifactu regula que el origen de la factura sea lícito e inalterable. La factura electrónica de la Ley Crea y Crece regula el formato del archivo que envías a tu cliente y el control de la morosidad. Cumplir una no implica cumplir la otra. Sus plazos corren desde la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE del 5 de octubre de 2026. Si te toca esta segunda norma, la trabajamos en nuestra página de factura electrónica B2B.
¿Qué pasa si no cumplo?
El régimen sancionador del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria entra en vigor en la fecha que corresponda a cada contribuyente, no antes. Hasta entonces puedes seguir facturando con tu sistema actual sin riesgo por este concepto.
Información consultada el 7 de octubre de 2026. Fechas en vigor según el Real Decreto 1007/2023 y el Real Decreto-ley 15/2025. Previsión de aplazamiento anunciada en la nota informativa del Gabinete de Prensa de Hacienda del 5 de octubre de 2026, todavía sin publicar en el BOE. Cuando se publique, actualizaremos esta página. Esta página es orientativa y no sustituye al asesoramiento fiscal.
¿Tu aplicación cumple? En una hora lo sabemos.
Cuéntanos cómo facturas hoy. Te decimos qué te falta para Verifactu, cuánto cuesta cerrarlo y en qué orden conviene hacerlo.
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